jueves, 4 de junio de 2020

Relatos de la Nueva España: Proceso contra Juan (mestizo) y María (india) por amancebados.



“Contra Juan, mestizo, sastre y María, india – 1585

El Doctor don Juan Surnero arcediano, juez, oficial, provisor y vicario general en todo / este arzobispado de México. Hago saber a vos Pablo Mateo fiscal de este dicho arzobispado / que por personas fidedignas y por descargo de sus conciencias y no incurrieren las / censuras contenidas en las cartas generales que se han publicado contra los que / están en pecados públicos ofendiendo a Dios Nuestro Señor y dando escándalo y mal / ejemplo a sus prójimos y contra los que lo supiesen y no lo declarasen ha sido / ante mi denunciado que Juan, mestizo, sastre y María, india, / vecinos de esta dicha ciudad, están públicamente amancebados y lo que lo ven entrar / el uno en casa del otro y con versar y comer y dormir juntos los tienen por / tales y se murmura públicamente en el barrio donde viven y para que se / evite la ofensa que a nuestro Señor se hace y el mal ejemplo que se da, os mando / que luego procuréis saber la verdad cómo es y pasa lo susodicho y para / ello ante uno de los notarios de esta ciudad arzobispal recibáis información / en forma de las personas que [entendier] es que lo podrán saber y tener noticia / de ello a los que les ya cualquier de ellos si necesario fuere les notificareis que / yo les mando en virtud de santa evidencia y so pena de excomunión mayor [fina] / canónica [mones-ni] premisa de cuatro pesos para pobres que luego que por / vos o por el dicho notario sea con esta mi mandamiento amonestado y requeridos / sepan y declaren clara y abiertamente lo que supieren y hubieren oído de lo suso / dicho o cualquier de ellos y echa la dicha información la traéis ante mí para que / por mi vista se provea lo que convenga al servicio de Dios nuestro Señor y al bien / de sus ánimas y porque suele acaecer que en viniendo a noticia de los culpables / que se ha procedido contra ellos se ausentan donde no se tiene noticia de / sus amancebamientos para se estar y perseverar en ellos en grande ofensa de nuestro Señor / por tanto si acaeciere que en cuanto anduvierides haciendo la dicha información contra / los susodichos los hallardes juntos en alguna parte comiendo o durmiendo o estando juntos, con favor de la Real justicia de su majestad los trajeres presos a la / cárcel arzobispal sin aguardar otro mandamiento ni recaudo alguno. Hecho / en México a dos días del mes de mayo de mil e quinientos y ochenta y cinco años.”




Fuente: Arquidiócesis de México, Proceso de la justicia eclesiástica contra Juan y María, 2 mayo 1585, Ciudad de México, "México, Distrito Federal, registros parroquiales y diocesanos, 1514-1970,", base de datos con imágenes, Familysearch.org, datos originales: Archivo General de la Nación, Matrimonios, Caja 41, foja 228