lunes, 5 de junio de 2017

Chismes y Telenovelas del siglo XIX Parte 3

Chismes y Telenovelas del siglo XIX presenta:

La venganza de Doña Juliana, parte 3: El novio contraataca

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23 de diciembre de 1809. Huichapan, Hidalgo, México.
Manuel de la Cruz, Soltero y veci-
no de este Pueblo; ante V[usted]. como mejor proceda
digo: Que hace como cinco meses of.[ofrecí?] a Juliana
Reyes de mi expontanea voluntad di palabra
de casamiento.

Con efecto mis intenciones eran ponerme en estado
con la Reyes haciendo valiosa aquella pala
bra. Tales eran mis intentos por aquellos exponsa-
les que desde luego huviera echo reales, si en el
intermedio no huviera fallado a la fidelidad la
Reyes. Asi pues y de tal modo que continuó un
amancevam.to[concubinato] adulterino con D. Rafael Callexas
casado con D Maria Garrido.



Quantas ocaciones pasaban, casi por mi vista
los siniestros procederes de los adulteros amacig[amantes]
que por no exponerme a riesgos ni deshonrar
a la Reyes, no hize y cometí los mayores atenta-
dos: Yo mismo los vi acostados en una cama, otros
los vieron y tambien saben el dominio que Calle-
xas tenia en la Reyes sacandola de su casa,
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paseandola a pie y a caballo y llevandola
por donde queria el dia y hora que la gana
le daba. En suma todas las acciones de Calle
xas no se reducian sino a las de propio ga
lan, cuyos echos me importa provar para
hacer ver la verdad, y que aquellas prote-
nuncias proscrivió por la falta de fidelidad
Para calificar, pues, estas verdades y que se des-
precie el impedimento de la Reyes, es necesario
que V[Usted] se sirva, en primer lugar y por via
de posicion, que solo en lo faborable admito
tomerle declaracion jurada a la Reyes y qe
declare, si es constate que doce dias antes del
de [día de] S. Bartolomé, próximo pasado, estaba acos
tada en la cama de su casa con el citado Ca
llexas a aquello de media noche, y en que
entrando yo a la pieza y viendo las señales
claras de mis presunciones, temeroso de las
armas de Callexas, no quise hacer nada y me
fui a acostar por otra parte, hsata que al
cabo de dos horas se lavantó Callexas, mon
tó en su caballo y se fue.
Absuelto este Párrafo, por la misma de posicion.
que declare si es cierto que a mi presencia
la traxo Callexas a un bayle, qe huvo en
el arroyo hondo, en la casa de un tal Ote
ro, de modo que la tenia embuelta y
abrazada con su Zarape, paseandola por
todo aquello, sentándose juntos, y Brindan-
do, por cuyo motivo acabado el bayle
y en casa de la infiel Reyes, le reconvi
ne esta accion y me dixo, que era por
bien y no havia malicia en ello. Barba-
ridad de mujer, que quiere persuadir lo
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Contrario!



En seguida  que declare, si yendo en pos de una
baraja su hermano Faustino, pa. qe. Juga-
ran otros compañeros suyos, de la rancheria
de su vecindad, se amoynó [preocuó, en Catalán] la Madre Dorotea
Ximenes y le dio de manazos a Faustino, pr
cuyo pasaje le tornó a la madre diciendo_
Que como a su hermana Juliana Reyes no le
pegaba, quando andaba paseandose y em-
borrachandose con Sor. Callexas, cuyas voces
percivió bien Juliana y yo, y si por ello tu-
vumos o no moyna.

Subsecuenteme.te que diga, si el dia de S. Bartolomé
de este año le mandó caballo Callexas, para
ir al Pueblo de Tlascalilla, que admitiendo
la oferta se fue para dho[dicho] Pueblo, y se estuvo
embriagando con Callexas, casi a mi presen-
cia,  por qué tambien le reconvine.

A continuacion que exponga, si en cierta noche
hiva yo aver a mi padrastro, que estaba
en su casa, si estava ayu Callexas y si se
ocultó en la cosina de la misma casa, pa
no ser visto de nadie

Evoquadas estas pociciones, sírvase V. [Usted] hacer que com-
parescan Frageiro y su Esposa Lucia vecinos de
Xothé de esta Doctrina y Juramentados en form
ma que declaren, si es cierto que el referido
Callexas, lleva ilicita amistad con la Reyes
y dan razon circumstanciada de los parages
q. han visto entre ambos amacios[amantes], como es
parcarse, regalarse, embriagarse y otras
cosas propias de los que llevan iguales
amores. Que digan estos si asi lo expusieron
[siguiente página]
a mi Madre presuadiendola a que creye-
se que la Reyes era una prostituta aman-
cevada [en estado de concubinato] con Callexas, y de ningun honor
hasta llegar a los terminos de rogona. Pues
de acontecer que se escusen Frageiro y su
Esposa a la declaracion, con pretesto de
enfermedad u otros, por que los tiene ya exor-
tados a este fin el mismo Callexas, y siendo asi
sirvase V.[usted] igualm.te hacer que por rigor
comparescan, valiendose pa. ello de los auxi-
lios del Juez Real, pues son importantes sus
depociciones en este punto.

Fechas[Hechas] estas declaraciones, tambien se ha de ser-
vir V.[usted] mandar que sertifique el notario de
esta Parroquia el impedimento que la Reyes pu
so a Luiz de Anaya, en que estrivó, si se
despreció, o no y si se casó, siempre el
citado Anaya sin aprecio del impedim.to

Todas estas Pruevas concluidas sirvase V[usted] ebtre
garmelas originales pa. fundar qe. los
exponsales con la Reyes estan disueltos con
forme a un buen Moral y autores, y de con-
siguiente yo libre p.a entrar al matrimo-
nio que pretento. Por tanto, y dando cuenta en este estado al Sor Provisor pa. su
determinacion.
A.V[usted] suplico asi lo ordene por ceder en Justi-
cia q- Juro
[No sé firmar]



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